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►Origenes
de la Iglesia de Pilar
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Documentos Antiguos
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Una recopilación de documentos antiguos y de gran valor para esta
población fueron donados por el Arquitecto Mario Buschiazzo al Rdo.
Padre de esta localidad, Silvio Braschi.
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Citamos el texto de solo uno de ellos, donde se describe la historia
de nuestra Iglesia, que está totalmente vinculada a la fundación del
Pueblo de Pilar.
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“Es de notar que el plano de la iglesia, presentado en el año 1797 por
la comisión expresada mas abajo, no se llevó a efectos; solo el 21 de
Agosto de 1821 se empezó la construcción de la iglesia actual,
proyectada por el señor teniente cura Vila.
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En esta población y Capilla de N. S. Del Pilar, jurisdicción de la
Villa de Luján, a ocho días del mes de Octubre de mil setecientos
noventa y siete, habiéndose congregados los vecinos y moradores del
Partido que han podido hacerlo con ocasión de ser día festivo de ambos
preceptos, precedido aviso y convocación a todos con asistencia del
Señor Alcalde de la Sta. Hermandad Juez Real de el Partido y del Señor
Cura Párroco y Vicario Foráneo Dr. Don Luis Antonio García de Tagle,
en la Iglesia Parroquial a defecto de otro lugar como modo se procedió
a tratar y conferir sobre el trasladar la Iglesia de el lugar y paraje
en que hoy se halla otro de mejores proporciones, teniendo en
consideración varios urgentes y graves motivos como son: el hallarse
el edificios amenazando ruina a causa de haber perdido su nivel las
paredes y desviarse tan notablemente, que no solo se han desunido por
el caballete las alas de los tejados, sino que últimamente se han
reconocido enteramente zafados algunos tirantes, que si no se lian y
sostienen a las piernas llaves hubieran causados sensible estrago; el
estar el agua en tal inmediación que no distando vara y media de la
superficie de la tierra, impide la subsistencia y conservación de este
edificio y de cualquier otro que se construyera de la elevación
proporcionada y necesaria a una Capilla Parroquial, por cuya razón Don
Feliz de Alzara evacuando la comisión del Exmo. Señor Dr. Pedro Melo
de Portugal, Virrey que fue de estas Provincias para el reconocimiento
y demarcación de los pueblos de esta campaña, visto que hubo y
reconocido este templo, aseguro, y creo deber poner en su diario ser
de poca duración, por estar mal cuarteado, como especialmente por la
cercanía del agua y que podría y debía trasladarse a una de las
lomadas inmediatas.
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A esto se agrega y a la fatalidad del terreno que es un vajio
pantanoso circundado de arroyo y fangos en tal grado en el día no se
puede entrar ni salir, sino por una sola callecita al Sur; y a las
nosibas y excesivas humedades de el hasta verse muchas veces a aun
pocos días a brotar el agua y correr sobre la superficie del suelo en
las cosinas y salas de algunas de estas casas”.
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Acordaron entonces los vecinos trasladar la Iglesia a otro sitio, a
“una lomada inmediata, no distante de aquí 1 milla junto al camino
real que guía a la Ciudad; paraje dominante y de vista deliciosa,
donde se respira un aire puro y libre de la corrupción, conque esta
imprenado el de este lugar con la continua ecaporación de los charcos
y aguas estancadas, depósitos de las mas inmundas reses de bestias
vivas y muertas”. A renglón seguido, a fojas 4, se acordó nombrar al
cura mayordomo de la “nueva fábrica”, cosa que este asunto gustoso,
aunque rogando se le eximiese del manejo de los fondos que allegarían
los vecinos.
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“Aceptado el temperamento propuesto de los caudales de las
contribuciones voluntarias del vecindario como de todas las limosnas
que lleguen a juntarse para dicha fábrica”. A foja 4 y 4 vuelta firman
entre otros el Dr. Luis Antonio Tagle, Martín Arnaes, Ramón Pinazo,
Ventura López, Joaquín Santa Ana Velascos, Manuel Santa Madris,
Silvestre Burgos, Miguel Pardo, Joaquín Fernández, Victorino Cheves,
Simón Burgueño, depositario de los recursos a “Don Ventura, sujeto de
probidad conosida en calidad de depositario así de los caudales de las
contribuciones voluntarias del vecindario como de todas las limosnas
que lleguen a juntarse para dicha fábrica”. A foja 4 y 4 vuelta firman
entre otros Doctor Luis Antonio Tagle, Martín Aranes, Ramón Pinazo,
Ventura López, Joaquín Santa Ana Velascos, Manuel Santa Madris,
Silvestre Burgos, Miguel Pardo, Joaquín Fernández, Victorino Cheves,
Simón Burgueño, Juan José De Cheves, Pedro Pérez, Francisco Arnaez,
etc., etc., y una discreta cantidad de vecinos que no sabían firmar,
cuyos nombres recojió el Alcalde de la Santa Hermandad, Don Martín
Arnaes.
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A fojas 5 viene la presentación del Excmo. Señor Virrey, en el cual se
repite mas o menos los mismos términos de la nota presedente, diciendo
entre otras cosas: “Erigida pues en Parroquia a aquella Capilla sin
que hubiera presidido demarcación de Pueblo en el paraje donde se
hallaba situada el Cura provisto, y sus sucesores reconociendo su
estreches en comparación de la numerosa filijresía dispersa por el
distrito, tomaron el albitrio de ir añadiendo mas obra para su
amplitud, hasta formar un regular cañón de Iglesia a esmero de su
selo”, en el párrafo que precede a esta: Decía el Cura Tagle que
“siendo la capilla que había erigido en aquel Partido a espensas de un
particular con anterioridad al año 1772, era mera ayuda de parroquia
del Curato de la Villa de Luján”.
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Sigue luego mencionando el estado ruinoso de dicha Capilla, así como
los invonbenientes del emplazamiento que tiene en sitio tan pantanoso,
“Como lo advirtió el Capitán de Navío de la Real Armada Don Feliz de
Azara en el reconocimiento en el ejercicio de una comisión que le
confirió el Excmo. Señor Virrey inmediato predecesor de Vuestra
Excelencia patricio de dicha Iglesia el año próximo pasado del 96”.
Dice a fojas 6Vta. Que “el horno que se ha de hacer deberá ceder este
al uso de los vecinos feligreses que quisieran aprovechar de el para
trabajar materiales con que erigir casas sólidas en la población que
se forme”. A fojas 7 dice: “Meditada en estos términos la traslación
de la Iglesia para el vecindario del Pilar, precediendo como es
preciso el Superior permiso de V.E. acordó a si mismo conferirme por
su parte toda su voz y facultades para promover a agitar las
diligencias oportunas a la verificación de tan útil proyecto,
ocurriendo a V.E. como respetuosamente lo ejecuto con exhibición del
adjunto plano en solicitud de que pasada esta instancia a la junta
Superior y evacuada los demás oficios que previene, S.M. al art. 66 de
la Real ordenanza de Intendentes y en la Real Cedula del 25 de Abril
de 1787, se digne aprobar el insinuado plano y el acuerdo o junta del
Vecindario” (Firma la presentación el Cura Dr. Luis Antonio de Tagle,
a fojas 7 y a renglón seguido hay una providencia fechada en
Montevideo a 30 de Enero de 1798 que dice: “Pase al Señor Asesor
General para que disponga su dictamen”, y una rubrica que debe
pertenecer seguramente al Virrey, que era por aquella época Don
Antonio Olaguer y Feliú), por insinuación del Asesor que era un tal
Almagro, el Virrey dispuso que informara al Capitán de Navío Don Feliz
de Alzara. El informe de este corre en fojas 9 y dice así:
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Exmo. Señor
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Recibií la de V.E. del 6 del corriente
con el expediente devuelvo informando ser cierto que cuando estuve en
la Capilla del Pilar, anoté sus defectos en mi diario: pero hallándome
sin el no puedo decir sino lo que conservo en la memoria.
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Es positivo que dicha Capilla estaba
en sitio de tan poca solides que ya he manifestado que no puede ser de
larga duración.
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Tampoco dudo que su contorno es
pantanoso e incapaz de soportar edificios públicos y de consideración,
ni otros que los ranchos que hoy se ven: a lo que se agrega el mal
piso y los efectos que puede causar la mucha humedad, resultando de
todo que sería muy útil la traslación de la Capilla y Pueblo al paraje
que indica el expediente porque allí hay espacio suficiente y piso
firme para toda clase de edificios.
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Pero como veo que los vecinos no
ofrecen para los gastos cantidad positiva ni poco mas o menos, ni
hacen el presupuesto de los costos, puede mandar que se expliquen mas
sobre el particular, que no puedo manifestar dictamen porque carezco
de compras y de tiempo para examinar el mencionado plan.
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Nuestro Señor guarde a V.E. Ms. As.
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Cerro Largo 22 de Febrero de 1798
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Exmo. Señor
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Feliz de Azara
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Se ordena entonces dar vista a la parte interesada, contestando el Dr.
Tagle que aparte de no ser del resorte del Señor Alzara el poner
trabas, no cree necesario formular presupuesto ni fijar las cantidades
con que podrán concurrir los vecinos, teniendo presente que el
vecindario “pobre y disperso como el del Partido del Pilar, no han
sabido proceder a la ejecución de iguales obras la seguridad de todos
los gastos precisos sin que por ello hallan dejado de continuarse y
concluirse”.
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En suma vuelve a elevar el expediente en la misma forma sin el
presupuesto que solicitara e Capitán Azara
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La junta Superior de Real Hacienda con muy sano criterio se expide
diciendo: Que mientras el Cura no solicite los recurso que habrá que
invertir, ya sea para los arrefglos o para la nueva Iglesia, la Junta
no tiene nada que hacer en el asunto. Firman ese informe: Felix de
Casa Mayor, Antonio Carrasco, Antonio De Pinedo, y José María Romero,
con fecha 23 de Febrero de 1799.
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A foja 16 con fecha 12 de Marzo de 1799, se dispone que informe al
Comandante de Ingenieros, calculando el costo que podrá tener la
Iglesia nueva que pretende construir el Cura de Pilar con presencia de
los planos presentados, y exponiendo si la magnitud de la obra
corresponde a la población, evacuado este informe a la mayor brevedad,
infórmese y dese cuenta. Sigue la rubrica del Virrey y la firma de un
tal Velazco, probablemente el Secretario. A continuación viene el
informe solicitado, que transcribo de inmediato.
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Exmo. Señor
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Visto y reconocido el expediente que ha pasado a mis manos la
superioridad de V.E. con oficio del 1 del cte. con los planos que
contiene de la Iglesia proyectada en el Partido de Pilar, próximo a la
Villa de Luján, promovido por el Cura de aquel Partido y su
vecindario, proviniéndose en el antecedente de fojas 17 ,decreto
exponga si la magnitud de la obra corresponde o no a la Población de
dicho Partido calculando el costo que podrá tener la referida
Iglesia. Debo decir, me es imposible practicar uno u otro por carecer
de aquellos datos precisos a aproximarse a la verdad para esto es
necesario y absolutamente indispensable saber el número de vecindario
que hay en aquella Población, según las luces que presenta el plano y
perfiles la considero capaz para un vecindario como el de la Ciudad y
Plaza de Montevideo, pero advierto es un error el quererle cubrir con
techado de ensambladura, pues además de su poca duración pide
continuos reparos para su conservación y tengo por mas conveniente
aumentar alguna cosa al grueso de sus muros construyéndoseles
exteriormente algunos estribo, cubrirla con una bóveda sensible de
medio ladrillo construyendo sus arcos torales según se acostumbra
encima de dicha bóveda la correspondiente argamasa, cuyo costo
considero diferir poco de la débil ensambladura. En lo que a la
información del calculo de la referida Iglesia según se proyecta que
se conoce hecho por facultativos cuya mano quizás no me es conocida
con precisos muchos datos, del que carezco como son las vistas y
reconocimiento del terreno donde se intenta construir, y averiguado su
solidez y la profundidad que según esta debe darse a los cimientos, la
calidad de materiales, como el ladrillo, cal, fierro, madera, agua y
demás necesario; el costo que tendrá cada uno de ellos y el de su
conducción hasta el paraje donde hay que edificarse según la distancia
de donde se hallan de transporte, el de los jornales de los operarios,
como albañiles, carpinteros los que sin duda supercrecerán al que se
les paga en esta Capilla, por la distancia del Poblado y carencia
consiguiente de aquellos auxilios, necesarios a su manuntención y
subsistencia. Para todo lo referido es necesario el pase de dicho
destino de los facultativos que son precisos, así de albañilería como
de carpintería y a quienes se les halla de señar las correspondientes
dietas que fueran. De esta Capital se paga a lo menos 4 pesos por día
cuya asistencia no puede omitirse aun cuando parase algún oficial de
Ingenieros al cual se habían de conceder los auxilios concedido por
ordenanzas cuando salen de su destino a comisiones del Real servicio,
para las operaciones que son necesarias pide su mecanismo no
correspondiente a un oficial por todo lo que me parece que para ahorro
podían destinarse los Mros. Mayores de Reales obras de albañilerías y
Carpintería, Dn. Juan Bautista Masala y Dn. Manuel Palomares: Que es
cuanto se me ofrece esponer consecuente al mencionado decreto; sobre
todo lo que se resolverá V.E. como creyera conveniente.
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Buenos Aires, 4 de Abril de 1799.
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Exmo. Señor
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Josef García Martinez de Cáceres
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De acuerdo a este dictamen, el Virrey comisiona al maestro Juan
Bautista Masala para que reconozca el terreno, la cantidad de
vecindario y formule el presupuesto del plano antes mencionado. Más el
maestro Masala, año y medio después, sale por petenera, pidiendo que
se lo exima de esa comisión, por razones de salud.
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La tardanza de Masala irritó al Cura de Pilar con toda razón por
supuesto, presentose al Virrey un escrito furibundo, una vez que se le
dió vista del informe de Masala. El Virrey ordena a Masala que pase a
la brevedad a evacuar la comisión que se le confirió. Vuelve a
presentarse el Cura diciendo que si bien se ordenó a Masala que pasara
de inmediato a Pilar a cumplir su cometido, en este caso se
imposibilitó a Masala dar el debido cumplimiento por la grave
enfermedad de que falleció. Por lo que solicita del Virrey se sirva
subrogar en la persona de Dn. Isidro Lorea la comisión dada al finado
Dn. Juan Bautista Masala.
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Luego de sucesivos informes, presupuesto y a lo informado por el
Comandante de Ingenieros Dn José Pérez Brito, el Virrey pone termino a
las andanzas del pobre y tesonero Cura Tagle, y dispone la Real Junta
lo siguiente:
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Se aprueba la construcción de la nueva Iglesia que contiene este
expediente ejecutándose con arreglos al citado plano y presupuesto del
Maestro Conde con preferencia al plano que obra a fs. 1, edificándose
dicho templo en el lugar que pide y señala el Cura Tagle, y aprueba el
citado Conde, en virtud del reconocimiento que hizo: y se devuelve a
S. Exa. Para la providencia mas conveniente a la ejecución de la obra
y demás que conviene al expediente. Siguen varias rubricas y la firma
de Velazco, lo que prueba que lo antecedente es el dictamen de la
Junta Real de Hacienda que elevado al Virrey, obtiene la definitiva
sanción de este.
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Bs.As. 11 de Junio de 1803
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